Nuestra Propuesta de Legislación para el Gobierno de CB

Propinas o Gratificaciones – Model Legislación Propuestas

La Red de Acción del Comercio Minorista, en colaboración con la Coalición de Normas de Empleo, piden al gobierno de Columbia Británica que introduzca una legislación que proteja las propinas de los trabajadores.

Legislación vigente:

La única referencia a las gratificaciones a los empleados en la Ley de Normas Laborales se encuentra en la Parte 3 – Salarios, Ropa Especial y Registros en la Sección 21 relativa a las deducciones no permitidas de salario de los trabajadores:

(2) Un empresario no debe exigir a un trabajador que pague ninguna de las actividades empresariales del empresarios salvo en los casos permitidos por la regulationes.

(3) El dinero que deba pagarse en contra de lo dispuesto en el apartado (2) se considerará salario.essi o no se paga con cargo a un empleados gratuicorbatas, y esta ley se aplica a la recuperación de esos salarios.

Por tanto, lo que falta en la Ley es una sección que trate específicamente de la ride retener todas las propinas o gratificaciones recibidas por servicios prestados durante el empleo.

Nuestra propuesta legislativa:

Nueva sección en la Parte 3 copiada de la Ley de Normas Laborales de Terranova y Labrador, como sigue:

Tips o Gratuities

(1) Las propinas o gratificaciones son propiedad del trabajador a quien o por quien se dan.

(2) No se exigirá a un empleado que comparta una propina conith un empleador, un directivo o supervisor del empleador o un empleadors representative.

(3) Cuando se pague un recargo u otro cargo en lugar de una propina o gratificación, la cantidad pagada cantidad pagada se considerará propina o gratificación a efectos del apartado (1).

(4) Cuando se pague un recargo u otro cargo en lugar de una propina o gratificación, o wcuando el importe de la propina o gratificación se detalle en el registro de un pago con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, el empresario podrá deducir de la cantidad debida al trabajador la cantidad que deba deducirse de los ingresos en virtud de una ley provincial o canadiense. debida al trabajador.